10 sept 2011

LAS TASAS DEL PANTALAN

Las tarifas de la Xunta de Galicia para los amarres en el pantalán, en este año 2011, tienen algunas diferencias respecto a años anteriores.

La tarifa que nos concierne es la X-5, y en esta tarifa ya no se contempla el descuento del 20% que se nos hacía por el pago por semestre adelantado. Podíamos argumentar que ya que nos sacan el 20% de descuento, que no tengamos que pagar por adelantado. Pero en la la parte séptima letra b) de esta tarifa se reglamenta que los pagos deberán de efectuarse por adelantado. O sea, seguimos pagando por anticipado pero sin descuento.

También se eliminó de esta tarifa la bonificación que se hacía si la profundidad bajo la quilla era inferior a 2 metros.

Por otro lado, se contempla en la parte octava, que los jubilados del mar podrán tener una reducción del 40% siempre que las embarcaciones sean menores de 2 GT y con motores inferiores a 20 HP.

Vamos a explicar lo del GT:

GT viene del inglés Gross Tonnage y es el arqueo del buque.
El arqueo aunque se mide en toneladas, no se refiere a Peso, sino a Volumen, y es el volumen de todos los compartimentos interiores del casco que se pueden destinar a carga o pasajeros.
Si estamos tratando de planeadoras es el volumen interior del casco.
Se calcula multiplicando la Eslora por la Manga y por el Puntal y aplicándole el coeficiente de 0,4. Es decir:
GT = E x M x P x 0,4

Ejemplo, una planeadora de 4,4 metros de eslora, 1,8 metros de manga y 0,8 metros de puntal tendría un GT de:
4,4  x 1,8 x 0,8 x 0,4 = 2,53 GT

Esta planeadora por tanto, al superar las 2 GT, no tendrá derecho a la reducción del 40% del recibo, siempre y cuando el motor sea inferior a 20 caballos y el propietario sea jubilado del mar.

La Xunta, en sus reglas generales define el arqueo bruto (GT) como el contemplado en el Convenio Internacional sobre Arqueo de Buques aprobado en Londres en 1969 (BOE nº 221 de 15/9/1982), y aplica la citada fórmula de cálculo en el caso de que no existiese un certificado de la Lloyd's Register of Shipping. Evidentemente las humildes planeadoras de nuestros jubilados no tienen este certificado y aparentemente podrían arquearse según la fórmula de la Xunta. Pero el Art. 4 de este Convenio dice que no es aplicable ni a los buques de guerra ni a las embarcaciones menores de 24 metros de eslora.

Por tanto, si la Xunta se basa en dicho Convenio, y dicho Convenio no es aplicable a las embarcaciones menores de 24 metros de eslora, sería válido calcular el arqueo según la Regla 2ª que aplica la Dirección General de la Marina Mercante para las embarcaciones menores. Esta Regla dice que las embarcaciones menores de 15 metros podrán arquearse según la siguiente fórmula:
Arqueo (GT) = K x L x B2
Donde K es un coeficiente para el material de construcción de la embarcación, que es 0,1113 para acero, aluminio y PRVF, y 0,1051 para otros casos (madera, por ejemplo).
L se refiere a la eslora
B2 es la manga elevada al cuadrado.

En nuestro ejemplo anterior, si arqueamos nuestra planeadora según esta regla nos saldría el siguiente cálculo:
GT = 0,1113 x 4,4 x 1,8 x 1,8 = 1,59

Y según este cálculo nuestro jubilado del mar sí tendría derecho a la reducción del 40% de la tasa.

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