20 jun 2011

LEGISLACION MARITIMA: RADIOCOMUNICACIONES

Las embarcaciones de recreo que estén autorizadas a navegar hasta 12 millas no están obligadas a disponer del MMSI.

Vamos a ver con detalle esto.

En la Nota Informativa núm 1/2011 de 13 de enero de 2011, del Ministerio de Fomento a las Capitanías Marítimas, se hacen unas aclaraciones al Real Decreto 1435/2010 que regula el abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo y que modifica ciertos aspectos de radiocomunicaciones establecidos a su vez en el Real Decreto 1185/2006 de 15 de octubre en su disposición final primera.

En concreto, se dice lo siguiente:

Para las embarcaciones autorizadas a navegar en la Zona 4 (12 millas) es obligatorio llevar VHF fijo, pero no son obligatorios ni el MMSI ni la Licencia de Estación de Barco (LEB)

Para las embarcaciones autorizadas a navegar en la Zona 5 (5 millas) es obligatorio llevar VHF, pero puede ser fijo o portátil. Por supuesto, si es fijo no está tampoco obligado a llevar MMSI.

No obstante, lós armadores que lo deseen, en cualquiera de estas dos zonas de navegación, pueden instalar el VHF con MMSI y LEB, para lo cual habrán de ponerse en contacto con instaladores autorizados y pagar las tasas correspondientes.

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